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No. 163 Viernes 28 de Noviembre de 2008

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  • Compromiso de diputados a analizar la propuesta del CCOC
  • Veremos, dijo el ciego. A ver si como roncan duermen

mazaSe le adelantaron al presidente Calderón los amigos del Consejo Consultivo de Organizaciones Civiles, en el que participan la organización Article 19, gente de la Universidad Autónoma Metropolitana de Cuajimalpa y el diputado Gerardo Priego Tapia, presidente de la Comisión Especial para dar Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación.
Calderón se comprometió hace muchos meses a enviar al poder Legistativo una iniciativa de reformas para federalizar los delitos de agresión en contra de los periodistas, pero que yo sepa, o la envió en lo oscurito, en el más profundo secreto, o nunca la envió, a pesar de que la escalada de violencia en contra de reporteros va en aumento. Y no es que la federalización vaya a parar en seco las amenazas, las represiones de instituciones y funcionarios en contra de medios independientes y críticos con el corte de la publicidad, los secuestros, las desapariciones y las ejecuciones. Pero algo es que haya certeza jurídica y que los delitos los persiga el Gobierno Federal y no los gobiernos locales, que no han mostrado ningún interés en el esclarecimiento de los crímenes en contra de un sector vital en las relaciones sociales de los mexicanos,
Y por ello alienta que este miércoles 26 de noviembre, la Cámara de Diputados haya dado entrada a la iniciativa de ley que tipifica como delito federal los ataques a la libertad de expresión, elaborada motu proprio por el Consejo Consultivo de Organizaciones Civiles, que al decir de la misma "tutela el derecho, no el sujeto, de libertad de expresión, en su nivel más amplio e incluyente".
La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, por lo menos en el discurso, dio todo su apoyo a la iniciativa, en cuya elaboración participaron por Article 19, Darío Ramírez; por la UAM, Perla Gómez Gallardo, doctora en derecho, el Priego Tapia, el diputado panista que siempre aparece en público indignado porque el Gobierno no pone interés alguno para proteger a los periodistas y a los medios de información.
La propuesta de reformas legislativas está en consonancia con las medias internacionales de protección a la libertad de expresión consagradas por los tratados internacionales que ha firmado el gobierno de México, y que son leyes supremas porque han sido ratificados por el Senado.
A la iniciativa presentada a la Cámara de Diputados se integra el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas gracias al cual:
1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección".
La Iniciativa de reformas se ampara asimismo en el artículo 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión que establece: "El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada". Y retoma el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, del llamado Pacto de San José, el cual declara que "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones es ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento.
Al tocar el punto toral de este proceso; es decir las sanciones, la iniciativa presentada por el Consejo Consultivo de Organizaciones Civiles propone la adición al Título Vigésimo Séptimo del Código Penal, De los delitos cometidos en contra de la libertad de expresión. El Artículo 430 establece que se impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa al que, con el propósito de coartar el derecho de una persona a expresarse y difundir libremente sus pensamientos, ideas, opiniones e informaciones perpetre en su contra algún acto tipificado como delito en este Código.
Si el sujeto del delito fuese servidor público, la pena señalada en este artículo se aumentará hasta en una mitad. Además será destituido de su empleo y se le inhabilitará para obtener otro hasta por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta. Las sanciones previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de la que corresponda por el delito o delitos cometidos sin menoscabo y perjuicio que la ley federal de servidores públicos establece".
Se destacan también las adiciones al artículo 116: "Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito que deba perseguirse de oficio, está obligada a denunciarlo ante el Ministerio Público y en caso de urgencia ante cualquier funcionario o agente de policía. Tratándose de delitos referidos en el artículo 430 del Código Penal Federal, que probablemente involucren ataques a la libertad de expresión, la autoridad que conozca del asunto lo pondrá del inmediato conocimiento del Ministerio Público de la Federación. Éste deberá abrir y agotar una línea de investigación en los términos del artículo 430 del Código Penal Federal. La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados se comprometió a presentar la iniciativa al pleno ayer, pero hasta el momento de elaborar este análisis – alrededor del medio día – nos se había tenido noticia de que así haya sido.

analisisafondo@gmail.com
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