Usualmente las reformas electorales se emiten por consenso partidista –hoy ausente– durante la primera mitad del periodo presidencial, para poder ensayar los cambios durante los comicios intermedios. Es muy riesgoso aplicar una reforma compleja si no ha sido puesta a prueba en escenarios de menor dificultad. La elección presidencial tiene un potencial desestabilizador que debe ser previsto, en particular si se anuncia un contexto de fuerte competitividad, como es esperable en el 2024.
Alarma que se limiten las capacidades fiscalizadoras del INE, con lo que se abre aún más la ventana los abusos de partidos y candidatos, y al flujo de financiamientos ilegales u oscuros. Para colmo, la modificación al artículo 229 párrafo 4 de la LeGIPE les garantiza a los(as) candidatos(as) mantener su registro incluso si se les comprueba el rebase a los topes de campaña o la omisión de los informes obligatorios. Esta reforma ya es apodada “pro Salgado Macedonio”: una auténtica invitación a la rapacería y la impunidad.
La reforma al artículo 28 de la LeGIPE pretende que la información fiscal y financiera bajo la custodia del INE en procesos de fiscalización sea compartida con los los partidos políticos, poniendo en riesgo la confidencialidad de la información. Recordamos bien las cuatro ocasiones en que el padrón electoral fue filtrado para su comercialización por parte de algunos partidos, violando la secrecía de los datos personales.
Se limita significativamente la actual capacidad de las autoridades administrativas electorales para emitir acciones afirmativas que abran camino a la participación y representación de los conjuntos sociales históricamente discriminados, como lo han sido las mujeres, los jóvenes, las poblaciones originarias, los afromexicanos, los conjuntos de la diversidad sexual, los discapacitados, los migrantes internacionales y otros. Se busca que el INE y los OPLE sean meros burócratas de la literalidad, y no agentes proactivos del cambio progresivo en los derechos humanos. Una simple ventanilla de trámites, no una autoridad con capacidad –acotada necesariamente– de interpretación normativa.
A los indígenas en particular se les niega el derecho constitucional a la consulta previa, libre, informada y culturalemente adecuada, con lo que se vulneran derechos consagrados en el artículo segundo constitucional, producto de una lucha histórica que desembocó en los acuerdos de San Andrés de febrero de 1996, reflejados en la trascendental reforma del mencionado artículo en 2001.
También se contradice al artículo 134 constitucional, que prohíbe la propaganda de instituciones y servidores públicos que promuevan opciones partidistas. Esta disposición había sido una demanda histórica de la oposición democrática, que denunció con razón el uso faccioso o personal de los recursos públicos. La reforma de 2007 atendió –hasta con excesos– esa demanda, que hoy es combatida por los mismos protagonistas, entonces opositores y hoy gobiernistas, transformados por el poder en feroces defensores de la libertad de expresión.
En fin, opino que el denominado plan B es un amasijo de ocurrencias, ignorancias, rencores y contenidos ideológicos populistas y neoautoritarios. El modelo democrático que nos hemos dado los mexicanos en estos treinta y dos años es imperfecto, pero ha funcionado aceptablemente bien. Habría que reformarlo sin prisas pero sin pausas, con vista a su aplicación en 2027, atendiendo las voces de los expertos externos y de los miembros del servicio profesional. De ninguna manera cercenar las capacidades institucionales que han garantizado la alternancia partidista en el poder. La administración actual debe aceptar que su paso por el poder no le asegura su perpetuación. Las elecciones libres y justas deben garantizar la mejor de las rendiciones de cuentas: el voto consciente de premio o de castigo, sin lealtades artificiales producto del clientelismo político, alimentado por la pobreza y los subsidios sociales.
* Antropólogo social. Profesor de la Universidad de Guanajuato, Campus León, Departamento de Estudios Sociales. @riondal – FB.com/riondal – https://luismiguelrionda.academia.edu/