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994 15 Febrero 2012

Triunfo y renuncia de Manuel Clouthier
Ernesto Hernández Norzagaray

Mazatlán.- El triunfo de Manuel Clouthier es tan significativo como la propia renuncia a participar como precandidato del PAN al Senado de la República. La derrota jurídica que infringió a la dirigencia nacional del PAN constituye un precedente más en la lucha de los ciudadanos por garantizar la vigencia de principios indispensables en toda democracia representativa, como son la libertad de expresión y el derecho a votar y ser votado.

La renuncia, en cambio, si bien pudiera interpretarla más de alguno como una burla a la sentencia de una instancia jurisdiccional, también otros podrían estar viendo la decisión del diputado Clouthier como un acto de dignidad política, sobre todo porque de haber aceptado la postulación, significaba competir no sólo en condiciones de inequidad, sino también porque según su decir había “dolo y parcialidad en la dirigencia nacional y estatal”. Con estos dos ingredientes analizaremos ambas dimensiones en el ánimo de ayudar a comprender las consecuencias de una sentencia que se suma a otras que tienen que ver con la ampliación de los derechos políticos de los ciudadanos.

Triunfo
O como la califican otros observadores, la victoria de los ciudadanos ante el equipo de la partidocracia. En realidad son las dos cosas. O mejor aún, una metamorfoseada en la otra. Manuel decidió combatir legalmente la decisión del CEN del PAN de cerrarle la puerta para competir por la nominación de ese partido en la fórmula sinaloense al Senado de la República, y en ese sentido, la sentencia del tribunal es un triunfo suyo y de nadie más. Sin embargo, como todo triunfo sustantivo, no se agota en la satisfacción del quejoso, sino representa una contribución valiosa para todos aquellos ciudadanos que en iguales circunstancias deseen ser candidatos a cargos de elección popular y se encuentren con el rechazo de un partido político sin otro argumento que no sea el “de no te queremos aquí”, que frecuentemente practican los partidos contra militantes o ciudadanos insumisos o simplemente que no cae bien a un dirigente. De ahí que es correcto decir que después de esta resolución hay un antes y un después en esta lucha jurídica por el derecho constitucional de votar y ser votado.

La argumentación legal y mediática del PAN para justificar su negativa al registro del aspirante, recordemos, estuvo sustentada en dos elementos: uno, que tenía que ver con las expresiones de Manuel Clouthier en contra de Vicente Fox y Felipe Calderón, donde cuestionaba su desempeño en las funciones de gobierno. Cosa que fue interpretado como un “daño a la buena imagen del partido”; y, dos, la falta de carnet del diputado como militante o adherente del partido aun cuando formaba parte de la fracción parlamentaria de ese partido y “cubría puntualmente sus cuotas”. Hubo, claro, palabras fuertes que sólo pueden ser calibradas en su justa dimensión, cotejándolas con la impotencia cotidiana de muchos ciudadanos que no tienen otro recurso más que mentar madres ante la imposibilidad de poder realmente influir en las decisiones públicas.

Esto que parecía lógico, en clave de que “nadie puede exigir entrar donde no es invitado”, como lo dijo el alcalde de Mazatlán, Alejandro Higuera, no lo era tanto porque los partidos son entidades de interés público, es decir, que reciben financiamiento proveniente de los contribuyentes y constitucionalmente se deben a ellos. Más aún, cuando intrínsecamente está en juego el derecho constitucional de votar y ser votado (Art. 35, fracción II). Fue así como los magistrados del Trife, conforme a principios constitucionales y básicos del derecho internacional, reconocieron esas expresiones como un ejercicio de libertad de expresión consagrados en nuestras leyes y los acuerdos internacionales que nuestro país ha suscrito en beneficio de las libertades públicas en el mundo.

Caso Castañeda
La segunda cuestión igualmente sustantiva cuanto se refiere a un debate abierto sobre el llamado monopolio de la representación. Sabemos que nuestra Constitución reserva a los partidos el derecho exclusivo a postular candidatos a cargos de elección popular. Sin embargo, esta disposición contraviene el derecho humano de “votar y ser votado”.  En 2006, recordemos cómo el académico Jorge Castañeda intentó registrarse como candidato independiente a la Presidencia de la República, y su nominación fue rechazada de inmediato por el IFE, por lo que recurrió al recurso del amparo para dejar a salvo su derecho a votar y ser votado que consagra nuestra Constitución.

Pero, no fue suficiente, pues llevó su reclamo a cada una de las instancias que marca la ley y en todas ellas le fue negado su registro “porque no lo postulaba un partido político”. Entonces, el aspirante llevó el fallo de nuestras instituciones a la Corte  Interamericana de Derechos Humanos. Ahí, luego de revisar exhaustivamente el caso Castañeda, se condenó a México por una violación a la Convención Americana de Derechos Humanos. Se habían puesto de manifiesto dos temas fundamentales que fueron: uno, el acceso a la justicia de los ciudadanos cuando alegan que una ley electoral viola sus derechos políticos; y, dos, el llamado derecho exclusivo de los partidos para postular candidatos a cargos de elección popular. En ambos casos la sentencia fue en contra de México. Y llamó a hacer las modificaciones del caso.

Si bien el fallo no benefició directamente al quejoso, pues la elección presidencial ya se había celebrado, ésta sí estimó que el Trife debería adecuar en un plazo razonable la legislación secundaria y las normas que reglamentan el juicio de protección de los derechos políticos. Ambos, contemplados en la reforma política de 2007, de manera que mediante dicho recurso se garantizara a los ciudadanos de forma efectiva el cuestionamiento de la constitucionalidad de la regulación legal del derecho a ser elegido. Se había dado un paso significativo que hasta ahora no ha sido aquilatado en toda su significación y seguro en lo sucesivo será materia para los promotores de las candidaturas independientes.

Las opciones
La pregunta que se hacen muchos ciudadanos interesados en la cosa pública es hacia dónde ira el hijo mayor del Maquío en este proceso electoral. Claro, si ha desechado la posibilidad de ser precandidato en el PAN y es una persona que ha abrazado la política como una cuestión de principios personales, y seguro como homenaje al legado de su padre, entonces la hipótesis de irse a los negocios y con su familia, por el momento, es probable que no se encuentre en su agenda.

Además, Manuel lo ha dicho en la reciente conferencia de prensa ofrecida en la Ciudad de México, cuando señala que hay propuestas y lo está valorando para tomar una decisión. Técnicamente sólo le queda como opciones ser candidato de uno o todos los partidos que integran la coalición izquierdista Movimiento Progresista que, como se sabe, la integran el PRD, PT y Movimiento Ciudadano (antes Convergencia), además de otras organizaciones sociales y muchos ciudadanos que la ven como una opción de cambio (incluida su hermana Tatiana).

La otra opción es ir por la vía ciudadana, continuando el camino labrado por Jorge Castañeda y otros mexicanos que ante la crisis de representación que estamos viviendo, han considerado que al sistema de partido hay que ayudarle para que salga de las coordenadas donde se encuentran y funcionen con el espíritu de intermediación de intereses que le asigna la propia Constitución Política Mexicana.

Fuera de eso no hay nada y los tiempos corren rápidamente en contra del inmovilismo. Los partidos tienen de plazo para elegir a sus candidatos hasta el 22 de febrero y para su registro el 22 de marzo. El 29 de marzo es la fecha límite para que el IFE apruebe los registros y un día después los candidatos iniciaran las campañas. Es decir, si Manuel Clouthier va como candidato de un partido tiene las fechas acotadas y es necesaria una definición dentro de esos plazos.

En definitiva, Clouthier, luego de haber desechado la precandidatura en el PAN se encuentra ante la disyuntiva de buscar la nominación por otro partido, o transitar por ese camino largo que siguió Castañeda y ha llevado a que nuestro país sea obligado a cumplir con lo que establecen los acuerdos internacionales que buscan garantizar la decencia en las instituciones públicas.

Cualquiera que sea la opción por la que se decida, seguramente contribuirá al desarrollo democrático en un momento en que los mexicanos necesitamos de un sólido sistema de partido con una gran articulación con lo fundamental: los ciudadanos.

 

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