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1026 30 Marzo 2012

ANÁLISIS A FONDO
Código medieval
Francisco Gómez Maza

Aplaza el Congreso el nuevo código penal
El MP estaría por encima de los jueces

Ciudad de México.- Los diputados dedicaron mucho tiempo de la sesión de ayer en San Lázaro a responder al informe-despedida que, ante cientos de burócratas, de jefe de departamento para arriba, encabezó en el Auditorio Nacional el señor Felipe de Jesús del Sagrado Corazón Calderón Hinojosa.

No hubo debate, porque las curules del PAN, a mano derecha de la presidencia de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, estuvieron prácticamente vacías. Las bancadas de la izquierda y del PRI se aprovecharon y tundieron al presidente de la República, y no sólo por el acto en el auditorio, sino por la entrevista a modo, graciosa, complaciente, que un grupo de periodistas, también a modo, realizó al señor Calderón en la televisión comercial a la media noche.

Fuera del tema Calderón, los diputados sólo trataron asuntos de trámite y aprobación de solicitudes de licencia de un montón de legisladores que van a hacer campañas, que por cierto comenzaron en el primer segundo de hoy viernes.

Pero cuestiones torales, fundamentales, de las que depende la vida de los ciudadanos, fueron dejadas a un lado, como el debate y la aprobación o rechazo del dictamen con proyecto de decreto por virtud del cual se expide el Código Federal de Procedimientos Penales.

Este debate fue postergado para ser abordado después de la breves vacaciones de Semana Santa, ya que los señores legisladores hayan gozado del sol, la arena y las olas santificadas por la llamada semana mayor.

Pero les espera una ardua discusión, si es que les da tiempo de ahora al 30 de abril, que es cuando se clausurará esta 61 legislatura.

Y los temas del Código, que por cierto es iniciativa del Poder Ejecutivo, deberán ser materia de serio y cuidadoso estudio y de una discusión serena, pues de aprobarse como fueron presentados por el señor Calderón podría legalizar un estado represor y contrario al espíritu del sistema penal acusatorio.

En lo general, la propuesta no avanza hacia una visión integral que los expertos han incluido como parte de la reforma del Estado: la autonomía y fortalecimiento del Ministerio Público, y la independencia del poder Judicial. Por el contrario, extiende el ámbito de las competencias de MP por encima de los jueces.

Y ante ello, sin una verdadera justicia penal autónoma, la oralidad de los juicios se volvería irrelevante, dado que los juzgados se convertirían en instrumentos de los órganos de seguridad pública.

La propuesta de Código Penal del Ejecutivo federal desestima las recomendaciones de los órganos de las Naciones Unidas, del sistema interamericano, así como la jurisprudencia de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, referidas al sistema penal mexicano.

Las observaciones más preocupantes: el proyecto viola estándares internacionales y constitucionales en materia de medidas cautelares, al establecer y permitir que el MP las imponga durante la etapa de investigación (artículo 223), en contradicción con el artículo 19 constitucional, que prevé competencia exclusiva del juez para hacerlo.

El código prevé un catálogo de delitos graves que excede el techo constitucional del artículo 19 (artículo 223 del Código), lo cual abriría la puerta a los abusos en la determinación de medidas cautelares y prisión preventiva.

Es grave la implementación de cateos sin orden judicial (artículo 333) a sitios de acceso público y de operaciones encubiertas y agentes infiltrados (311 a 320), mismos que no dejan claro el modo en que habrá control judicial en todo momento, abriendo la posibilidad de acusaciones inverosímiles, fabricación de culpables y allanamientos arbitrarios.

El nuevo proyecto de Código penal incluye tres excepciones a la regla de exclusión de pruebas ilícitas, lo cual es incompatible con el principio de legalidad y abre la puerta a abusos tan graves como la tortura.

Según el artículo 291 del proyecto, “no se considerará violatoria de derechos humanos” información que, “aún cuando haya resultado de una prueba ilícita, habría sido obtenida por otros medios”, o cuyo vínculo a los actos violatorios de derechos humanos sea “atenuado”, un término altamente ambiguo.

Sería también admisible una prueba impugnada, siempre y cuando la misma se obtenga de alguna fuente independiente de los abusos cometidos, aunque estuviera relacionada con ellos. Esto abre la puerta a que fuerzas federales sigan cometiendo detenciones arbitrarias y coaccionando declaraciones, para después argumentar que habrían llegado a cualquier dato por una vía legal.

Los diputados aún no quieren opinar y por ello están dando largas a la discusión. Pero, usted qué dice.

analisisafondo@cablevision.net.mx

 

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