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2290 3 Febrero 2017

 

 

Voto universal, libre y secreto, en los sindicatos
Lucilda Pérez Salazar

 

Monterrey.- ​Hace cuatro meses, el Senado de la República aprobó un decreto relevante que reforma la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos. El decreto eleva a rango constitucional la elección de dirigentes sindicales por el voto personal, libre, directo y secreto de los trabajadores.
Esta reforma constitucional es muy importante para los trabajadores del país, particularmente para los trabajadores de la educación.

Porque tan pronto como entre en vigor la enmienda constitucional, tendrán que ajustarse obligatoriamente las leyes laborales y los estatutos de todos los sindicatos a lo que establece la Carta Magna.

​Esta es una de las reformas que debemos celebrar los trabajadores (los maestros entre ellos) en el centenario de la Constitución.
​A los trabajadores de México se nos despojó, desde hace mucho tiempo, del derecho humano, ahora constitucional, de participar directamente y de manera libre en la elección de nuestros dirigentes sindicales. Lo mismo en la CTM, la CROC, el Sindicato Petrolero, el de electricistas, como en el SNTE y otros.

Los dirigentes sindicales de los mandos medios y superiores se eligen por delegados, no por el voto directo de cada uno de los miembros del sindicato.
​Este método propicia la imposición de dirigentes y los arreglos “en lo oscurito” entre grupos sindicales para conformar los órganos dirigentes del sindicato.

Los dirigentes así elegidos no le deben su cargo a sus representados, porque ellos no participaron en su elección, por lo tanto, no se sienten comprometidos con ellos.

Este método, además de romper con los principios de la democracia, propicia vicios como la corrupción, la  burocratización de sus  dirigentes y el alejamiento de las bases, como sucede en casi todos los sindicatos.

En el SNTE este tipo de elección ha causado muchos problemas  y conflictos en no pocas secciones sindicales.

En pleno siglo XXI, en la era de la transformación y el auge de la participación ciudadana que está viviendo el país, es indispensable democratizar la vida sindical, comenzando por elegir a sus dirigentes por el voto libre, directo y secreto de sus agremiados, para que los dirigentes, además de la legalidad estatutaria, tengan la legitimidad democrática que les da el  haber sido elegidos por sus representados.

​En el SNTE no estamos en ceros. El Estatuto sindical incluye un artículo, el 249, que establece la modalidad de elección de los dirigentes por el voto universal, libre, directo y secreto en circunstancias especiales.

​Este artículo nunca se aplica. Es el momento de aplicarlo en la Sección 50 de Nuevo León, dadas las circunstancias especiales en que se encuentra esta sección sindical.

La renovación de la Sección 50, por la situación de crisis en que se encuentra, debe hacerse con una convocatoria diferente que contemple el voto directo, libre y secreto de todos sus miembros, tal como lo establece el artículo 249 del Estatuto del SNTE en su segundo párrafo.

Así lo exige el momento, así lo requiere la Sección y así lo demandan los maestros.

¡Vamos a luchar por ello!

¡Listos para arrancar!

 

 

 

15diario.com