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Posicionamiento político de las Organizaciones Civiles a propósito del Examen Periódico Universal

9 de junio de 2009
En el marco del Examen Periódico Universal (EPU), el pasado mes de febrero de 2009, el Estado mexicano presentó ante el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas en Ginebra, Suiza su primer informe sobre la situación de los derechos humanos en el país. 
El próximo 11 de junio del presente, México comparecerá nuevamente ante el mismo Consejo, para presentar su postura con respecto a las recomendaciones que fueron emitidas en el mes de febrero y para la adopción definitiva del informe por nuestro país. En esa misma sesión, intervendrá la delegación de organizaciones mexicanas para expresar ante el Consejo, nuestras preocupaciones y exigencia de que México efectivamente cumpla con las recomendaciones.
Es importante subrayar que, tanto la comunidad internacional como las organizaciones mexicanas que participamos, le externamos al gobierno mexicano las principales preocupaciones en materia de derechos humanos. Entre las que se destacan las siguientes:

  • La urgente necesidad de armonizar la constitución y la legislación local de acuerdo con los más altos estándares internacionales de protección de los derechos humanos que en muchos casos han sido firmados y ratificados por el Estado mexicano.
  • Implementar acciones concretas y efectivas para combatir la impunidad
  • Eliminar la figura de arraigo que contraviene a las recomendaciones internacionales del sistema de naciones unidas.
  • Armonizar la definición de crimen organizado de acuerdo a lo que plantea la Convención de Palermo sobre Crimen Organizado.
  • Garantizar que debe ser la justicia civil la que conozca los casos de violaciones a los derechos humanos perpetradas por militares.
  • Reforzar las medidas y acciones para erradicar la discriminación y violencia contra las mujeres. En particular, en el caso de los feminicidios se recomendó continuar con las investigaciones y sancionar a los responsables.
  • Erradicar la tortura, mediante mecanismos eficaces y efectivos.
  • Proteger a los/las periodistas para garantizar la libertad de expresión y sancionar a los responsables de las agresiones cometidas contra ellos/as. Además de garantizar la pluralidad y diversidad en el acceso a las medios de comunicación.
  • Eliminar la declaración interpretativa impuesta por el Estado mexicano a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, relacionada con el párrafo 2º. del artículo 12: sobre igual reconocimiento como persona ante la ley e impulsar la reforma a la Ley General de las personas con discapacidad para adecuarla a la Convención.
  • Garantizar que el trabajo realizado por las y los defensores en derechos humanos se realice en condiciones de pleno respeto a la integridad de su persona.
  • Atender la grave situación de afectación al medio ambiente en el país y diseñar y aplicar las normas y políticas públicas adecuadas para satisfacer el derecho a un medio ambiente sano.
  • Asegurar que al impulsar o autorizar megaproyectos de desarrollo, se respete, proteja y garantice el derecho a la información, la consulta y la participación de los pueblos o comunidades que se verán afectados así como sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
  • Diseñar e implementar políticas públicas con enfoque en criterios de derechos humanos, género y sustentabilidad, incluyendo una política social coherente con estos enfoques.
  • Desarrollar recursos efectivos de acceso a la justicia, incluyendo la reparación del daño en casos de violaciones a los derechos humanos.

El anuncio en febrero pasado, por parte del gobierno mexicano de dejar pendientes de respuesta a 8 recomendaciones que abordan temas como jurisdicción militar; abolir la práctica del arraigo; adecuar la definición de delincuencia organizada a estándares internacionales; y restablecer la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado o crear una oficina similar, muestran la falta de voluntad para abordar temas trascendentales en materia de derechos humanos en México.
Durante estos últimos meses el gobierno mexicano, contrario a adoptar las recomendaciones emitidas, ha realizado una serie de reformas constitucionales que no incorporan en forma alguna, ni las preocupaciones ni las recomendaciones expuestas durante la presentación del EPU, las que en su totalidad ya habían sido abordadas en recomendaciones anteriores de Comités y Relatores Especiales de Naciones Unidas.
El dictamen aprobado en el mes de abril por la Cámara de Diputados para realizar una reforma constitucional en materia de derechos humanos, resulta insuficiente para garantizar de manera efectiva el ejercicio y tutela de los derechos humanos. En  este sentido, reiteramos la importancia de armonizar el marco constitucional mexicano con los más altos estándares internacionales de protección de los derechos humanos.
Además, consideramos que, las reformas en seguridad y las iniciativas recién presentadas por el Ejecutivo Federal en materia de seguridad nacional, así como las políticas públicas impulsadas en el mismo marco, van en contrasentido de los derechos humanos. De ahí que, las reformas constitucionales en materia de derechos humanos resultan limitadas y no permiten contrarrestar los efectos del endurecimiento de las políticas de seguridad y de la ampliación de la presencia militar para la realización de estas tareas.
Por las razones antes expuestas, quienes suscribimos este pronunciamiento reprobamos que el gobierno mexicano pretenda considerar la citada reforma constitucional en materia de derechos humanos como parte del cumplimiento de los compromisos que adoptaron ante el Pleno del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, así como de las recomendaciones emitidas en el marco del EPU.
Las organizaciones refrendamos nuestro compromiso para dialogar y trabajar conjuntamente a fin de propiciar nuevos diseños institucionales, jurídicos y prácticas de gobierno, así como a formas de convivencia social basadas en el respeto absoluto de la dignidad humana.

AMARC-México, Artículo XIX, Cátedra UNESCO, Católicas por el Derecho a Decidir, CENCOS, Centro Mexicano de Derecho Ambiental, Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Tlachinollan, Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Comité de Liberación 25 de noviembre, Equipo Pueblo, Espacio DESC, Fundar Centro de Análisis, FIAN-México, Grupo de Información en Reproducción Elegida, Incide-Social, Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, Limeddh, Sin Fronteras, Ciudadanos en Apoyo a los derechos humanos, A.C, y 60 organizaciones más.


El pasado 23 de abril el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de decreto que modifica la denominación del Capítulo I y reforma los artículos 1°, 11, 33, 89 y 102, apartado B de la Constitución Política en materia de derechos humanos.

Consultar la propuesta de Reforma Constitucional que elaborada por diversas organizaciones civiles y académicos/as, con la Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos presentada al Congreso en 2008.

 i. Observamos que la reforma aprobada quedó supeditada a acuerdos mínimos entre los diferentes actores involucrados sin considerar a cabalidad otras propuestas, como la elaborada por un grupo amplio de organizaciones de la sociedad civil, especialistas en derechos humanos y el acompañamiento de la oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en 2007.
ii. Subrayamos que una reforma constitucional en materia de derechos humanos, por mínima que ésta sea, debe basarse en cinco ejes fundamentales: introducir plenamente el concepto de derechos humanos en la Constitución; reforzar las garantías y mecanismos de protección de los derechos humanos; e incorporar transversalmente la perspectiva de género.
iii. Identificamos que el dictamen aprobado adolece de carencias fundamentales y contiene criterios regresivos y contradictorios, a saber:
- En lugar de establecer el principio pro persona, en el artículo primero, de acuerdo con la aplicación de la norma más favorable a los derechos de las personas, el dictamen establece que en caso de contradicción entre la Constitución y los tratados internacionales, prevalecerá la Carta Magna. En este orden, el dictamen va en contra de las obligaciones del Estado mexicano en cuanto al derecho internacional de los tratados y desaprovecha la oportunidad de dar jerarquía constitucional a los tratados internacionales de derechos humanos.
- En relación con el artículo 33, éste no garantiza el derecho al debido proceso para las y los extranjeros en este país. La propuesta de reforma mantiene intacta la facultad exclusiva del Ejecutivo de hacer abandonar del territorio nacional a cualquier persona extranjera cuya presencia se juzgue “inconveniente”. Por lo tanto, no puede considerarse dicha reforma un avance, pues desconoce los derechos primordiales de toda persona y deja a las y los extranjeros sin posibilidades de apelación ante tales decisiones administrativas.
- No incluye la responsabilidad de la reparación del daño por parte del Estado.
- No reforma los artículos 103 y 107 sobre los mecanismos de protección para incorporar el concepto de derechos humanos y la protección de derechos colectivos sino los deja a las reformas secundarias.
- No modifica el artículo 29 (suspensión de garantías/estado de excepción), aunque tal modificación resulta necesaria dado el contexto de endurecimiento de las políticas de seguridad pública y de las iniciativas recién presentadas para reformar la Ley de Seguridad Nacional que pretenden insertar disposiciones fuera del marco constitucional.


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