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1430 18 Octubre 2013

 

Injusticias del Suspe
David Carrizales

Monterrey.- A un año de que fueron despedidas por el Sindicato Unico de Servidores Públicos del Estado de Nuevo León (Suspe), las maestras del jardín de niños de la organización gremial de burócratas, Rosa María Venegas Mata, María Angela Lomas y Jennifer Marcela Morales Avalos, siguen sin encontrar justicia, por la parcialidad de las autoridades laborales a favor de su poderoso ex patrón.

Las profesoras fueron despedidas en octubre de 2012, y su caso se mantiene empantanado porque el Suspe, por conducto del representante sindical, insiste en ofrecerles mucho menos de lo que por ley les corresponde, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo.

Por ser el Suspe una organización poderosa, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje los ha protegido, pues en la primera audiencia de demanda y excepciones, los representantes patronales no justificaron la personalidad jurídica y tampoco justificaron que el secretario general, Juan Manuel Cavazos Uribe tuviera facultades otorgadas por los Estatutos para nombrar apoderados que representaran al sindicato.

Mencionaron que Mauro Eleno Salinas Cortés compareció en representación del sindicato, pero el poder le fue otorgado a Mauro Salinas Cortés, “que jurídicamente es una persona diversa”. No obstante esas irregularidades la JLCYA les reconoció la personalidad.

Asimismo, el Tribunal de Arbitraje del Estado, por medio de su presidente Jesús Alberto Cerda Pérez, se negó a entregar copias del expediente sindical y en particular de los Estatutos de la organización, bajo el argumento de que dentro del expediente del Suspe no existen Estatutos, lo cual es una falsedad ya que la Ley del Servicio Civil del Estado, establece como requisito la existencia de los mismos, para el registro de un sindicato.

La profesora Rosa maría Venegas Mata había presentado la solicitud de dicha documentación, con base en diversos artículos constitucionales: 6, que es su derecho humano de acceso a la información; ocho, su derecho humano de petición; 14 su derecho humano de legalidad y certeza jurídica; 16 de fundamentación y motivación; y 17 de justicia pronta y expedita, conforme a lo que establece nuestra Carta Magna.

Las denunciantes comentaron que ya un juzgado de distrito estimó que se estaban violando sus garantías constitucionales y esperan que la parte demandada acate la resolución de la justicia federal y que la Junta Local de Conciliación resuelva el caso conforme a derecho.

 

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