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1538 19 Marzo 2014

 

Avanzan candidaturas independientes
David Carrizales

Monterrey.- El Congreso de Nuevo León, por unanimidad, aprobó este martes en primera vuelta una reforma al artículo 42 Constitucional, que permitirá las candidaturas independientes, una vez que las modificaciones se avalen en segunda vuelta y sean llevadas a la Ley Estatal Electoral.

El panista Adrián González Navarro, presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, presentó el dictamen que quitaría a los partidos el monopolio de la representación política para el registro de candidatos a puestos de elección popular.

Los legisladores dieron así un paso importante para subsanar la “omisión involuntaria” en que incurrieron el pasado mes de septiembre, cuando aprobaron en segunda vuelta reformar el artículo 36 de la Constitución de Nuevo León, y establecieron que el derecho de solicitar el registro de candidaturas ante cualquier autoridad electoral “corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación”.

Sin embargo, el diputado del Partido Nueva Alianza, Juan Antonio Rodríguez González, ubicó las cosas en la exacta dimensión, le bajó los decibeles a la algarabía de la fiesta, al puntualizar que la reforma al artículo 36 fracción II de la  Constitución Política local, no era suficiente para hacer realidad las candidaturas independientes, mientras no se modificara el texto del artículo 42, que daba a los partidos el monopolio de la representación para el registro de candidaturas.

En el dictamen aprobado ese martes se asienta que: “Los partidos políticos son entidades de interés público. Tienen como finalidad promover la organización y participación de los ciudadanos en la vida política y permitir el acceso de éstos a la integración de los órganos de representación popular”.

Asimismo señala que los partidos políticos nacionales o con registro en el estado gozarán para todos los efectos legales de personalidad jurídica y patrimonio propio, mismo que administrarán libremente; teniendo el derecho para solicitar el registro de candidatos a participar en los procesos electorales para elegir al Gobernador, a los Diputados al Congreso y a los integrantes de los Ayuntamientos del Estado, en los términos que prevea la Ley Electoral”.

La reforma establece que las autoridades del Estado garantizarán en todo tiempo la libertad de los partidos políticos y de los candidatos independientes para la difusión de sus principios y programas.
Asimismo, se plantea que los partidos políticos y los candidatos independientes ejercerán su derecho de acceso a la radio y televisión conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las leyes reglamentarias aplicables.

La Ley Estatal Electoral fijará las bases y requisitos para la postulación y registro de los candidatos independientes, así como sus derechos y obligaciones, garantizando su derecho al financiamiento público y el acceso a la radio y televisión en los términos establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Constitución local, así como en las leyes de la materia.

Los diputados del PT, Guadalupe Rodríguez y PRD, Eduardo Arguijo Baldenegro, destacaron sin embargo la necesidad de que en la legislación secundaria (Ley Estatal Electoral), quede establecida la posibilidad de que cualquier ciudadano, y no sólo empresarios o representantes de los grupos de interés al margen de los partidos, se adueñen de las candidaturas independientes.

 

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