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1859 11 Junio 2015

 

 

Guardería ABC: como el Ave Fénix
Irma Alma Ochoa

 

Monterrey.- El pasado viernes 5 de junio se cumplieron 6 años de luto y lucha. Tras el duelo, madres y padres de las 25 niñas y 24 niños de entre seis meses y cuatro años de edad que perdieron la vida.

Y de los más de 75 que resultaron con quemaduras graves y lesiones permanentes en el incendio de la guardería ABC de Hermosillo, Sonora; emprendieron una lucha en busca de justicia y para que no se repita esta tragedia.

En memoria de sus hijas e hijos y con el firme propósito de eliminar las causas y condiciones que dieron origen a los lamentables hechos; madres y padres tomaron la iniciativa y promovieron la Ley General de Servicios de Cuidado, Aprendizaje y Desarrollo Integral Infantil, publicada el 24 de octubre de 2011, conocida como Ley 5 de junio.

Esta Ley se sustenta en la visión de que niñas y niños son sujetos plenos de derechos y, busca tutelar tanto la seguridad como la calidad en la prestación de servicios a los que, legítimamente, tienen derecho niñas y niños. No menos importante es el acento que la ley pone sobre la responsabilidad que tiene el Estado en la prestación de estos servicios.

Asimismo, reclama la inserción de las estancias infantiles en una política pública dirigida hacia la primera infancia, guiándose por el principio del interés superior de la niña y el niño. Propone que su acceso sea universal y, desde un enfoque de derechos, garantice los mejores términos para el desarrollo de niñas y niños.

De acuerdo con el dictamen del Congreso, esta tragedia dejó al descubierto que la prestación de servicios es percibida como una actividad comercial que no responde al interés superior de niñas y niños; y reveló que las subrogaciones se asignan mediante el favoritismo e influencias, lo que propicia la ilegalidad, en detrimento de la calidad y la seguridad.

El IMSS había subrogado la prestación de servicios a la guardería ABC a través de una asociación civil, a cuyos integrantes se les fincó responsabilidad de los hechos. Casi un mes después del incendio, el 3 de julio de 2009, el Juez Primero de Distrito, giró orden de aprehensión por los delitos de uso indebido de atribuciones y facultades, homicidio y lesiones culposas.

No obstante, estos delitos no fueron considerados graves, por lo que las personas responsables, enfrentan el proceso en libertad provisional bajo caución.

Tras los hechos, las autoridades no pudieron ocultar la inexistencia de información sobre cuántas estancias, guarderías o unidades de cuidado están operando en cada entidad del país. No se sabe quiénes las operan, tampoco se conoce cuántas niñas y niños están a su cuidado.

El incendio dejó ver la ineficiente actuación de las dependencias encargadas de autorizar y supervisar la operación de estos establecimientos. Hasta la fecha no se ha cuantificado el número de estancias que brindan estos servicios; algunas de ellas no cuentan con registro y permiso otorgado por alguna autoridad que permita su identificación y su regulación.

El dictamen mencionado destaca que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) atiende a una población de 214 mil 034 niñas y niños, lo cual lleva a cabo a través de 1,554 guarderías, centros o unidades, 142 operan de manera directa y 1,412 indirectamente.

En tanto el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), atiende a una población de 37 mil 313 niñas y niños por medio de 265 estancias o unidades, 132 de manera indirecta y 133 directamente. Mientras que la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), presta el servicio a 261 mil 862 niñas y niños, a través de 9 mil 061 unidades.

Ante la información deficiente, la Ley 5 de junio tiene como objetivo regular a las dependencias y organismos que brindan servicios para la atención, el cuidado y el desarrollo integral infantil, e incluye un catálogo de medidas mínimas que debe cumplir cada establecimiento, de acuerdo a sus instalaciones, capacidad y servicios.

El 24 de noviembre de 2012 se venció el plazo de un año, establecido en el transitorio Quinto de la Ley 5 de Junio, para que las entidades expidan sus respectivas leyes en la materia, o adecuen las ya existentes. A la fecha el 60% de las legislaturas no cumplieron el término.

Acorde a la Ley sólo 13 estados de la República han publicado sus respectivas leyes para regular las guarderías y estancias infantiles. Solamente cuatro estados cumplieron dentro del tiempo señalado: Nuevo León, Michoacán, Quintana Roo y Nayarit. A los que les siguieron el Distrito Federal, Sonora, Colima, Puebla, Estado de México, Jalisco, Yucatán, Coahuila de Zaragoza, y Baja California.

Quienes vivieron esta tragedia, dice María Ayuso (La Nación), coinciden en que la muerte de un hijo es una espada que atraviesa el corazón; un antes y un después; un quiebre definitivo, (…), tras pasar por esa tragedia a la que no le ha sido dado un nombre, eligen construir amor desde el dolor. Resurgiendo de las cenizas, como la mítica ave fénix, encuentran en la prevención de otras muertes, la fortaleza para ponerse de pie y empezar una nueva vida.

De igual manera, madres y padres de la guardería ABC, se unieron, conjuntaron fuerzas y propiciaron una legislación para prevenir otras dolorosas muertes.

 

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