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EN CUERNAVACA CONTRA LA REFORMA   QUE  PROHIBE EL TRABAJO EN LA CALLE

 

 

 

 

Escrito por Organizaciones Civiles   

 

http://2.bp.blogspot.com/_qA2Xch-g2q8/SZnAg3ILCaI/AAAAAAAAAzo/SGI47u7pH_Q/s400/ProtestaenMorelos.jpgLas modificaciones que los miembros del Cabildo de Cuernavaca han realizado al Artículo   129 del Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Cuernavaca, sin consulta previa a la ciudadanía, publicadas en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el 23 de enero de 2009, de hecho prohíben y  criminalizan el trabajo en la calle, en pleno contexto de crisis económica, donde cada día son despedidos cerca de seis mil mexicanos y cuando, por lo menos desde 2008, de cada 3 empleos, 2 son generados en la calle, según cifras del propio INEGI.
 Esta nueva disposición del Artículo 129 es notoriamente anticonstitucional, pues viola flagrantemente la garantía constitucional referente a la liberad de ocupación que debe prevalecer en México, al considerar como “infracciones al orden público, las buenas costumbres y la moral” la prestación de servicios, la comercialización de productos o el hecho de solicitar dádiva en la vía pública, el Bando restringe una de las libertades cívicas fundamentales. El artículo 5º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala expresamente que: “A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos”.
 Preocupados por estas modificaciones un conjunto de organizaciones sociales y ciudadanos, decidimos realizar una CONSULTA CIUDADANA amplia y representativa social, económica y geográficamente de la sociedad civil cuernavacense, Esta acción se une a otras que se han ido realizando desde febrero, y en particular al oficio que han hecho llegar al Ayuntamiento el Centro de DDHH Digna Ochoa y la Comisión Independiente de DDHH de Morelos solicitando la derogación de dicho artículo y la presentación de las denuncias ciudadanas que allí se mencionan.
 Dicha Consulta ha tenido por objetivo escuchar la opinión de la ciudadanía con respecto a los argumentos que la autoridad presenta entre las causales de la modificación a dicho artículo. Pensamos que para realizar cambios tan importantes para la vida urbana y el trabajo de una parte importante de nuestra sociedad, se debe contar con datos reales y científicamente comprobables. Ayudar a proveer estos datos es la finalidad de esta Consulta.
  CONCLUSIONES DE LA CONSULTA CIUDADANA
 1- Esta CONSULTA CIUDADANA ha sido realizada con criterios y metodología científicos, del 1º al 9 de abril por 50 personas de diversos colectivos y organizaciones sociales, de muy diferente índole social. Se ha aplicado a 2566  personas, de más de la mitad de las colonias de la ciudad de Cuernavaca (118) y de muy diverso origen social, político y económico,
 Del total de la población consultada, el 92% (2 362 personas) “usufructúan productos y servicios en la calle” y el 85 % (2 183 personas) consideran que “el trabajo de la calle es una alternativa ante la falta de empleo o de un lugar transitado en donde vender sus productos o servicios”. Asimismo, el
 83 % (2 136 personas) NO ESTÁ DE ACUERDO CON LAS MODIFICACIONES AL ARTÍCULO 129 DEL BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DE CUERNAVACA, QUE PROHÍBEN DE HECHO EL TRABAJO EN LA CALLE.
 A su vez, las justificaciones con que el Cabildo ha realizado sus modificaciones no se sustentan:

  1. 98% (1 668 de los automovilistas consultados), NO ha tenido nunca un accidente de tránsito provocado por un trabajador de la calle; 
  2. 97 % (1 661 automovilistas consultados) NO ha sido nunca asaltado por un trabajador de la calle mientras manejaba; 
  3. 95% (1 613 automovilistas consultados) NO ha sido nunca agredido por un franelero;
  4. 84% (2 309 automovilistas consultados) No ha recibido nunca una extorsión de los franeleros.

 Finalmente, la última pregunta de la Consulta Ciudadana planteaba directamente a las personas si estaban de acuerdo o no con el Artículo 129 y la prohibición del trabajo en la calle:

  1. 83% (2136 personas) RESPONDIÓ CONTUNDENTEMENTE QUE “NO ESTABAN DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 129 Y LA PROHIBICIÓN AL TRABAJO EN LA CALLE”.

 2- De esta manera, la Consulta Ciudadana buscó indagar acercar de si los argumentos que la autoridad aduce para justificar la modificación al Artículo 129 del Bando se sustentaban sobre algún “principio de realidad” de la experiencia ciudadana actual al respecto. La opinión de la ciudadanía ha contradicho tajantemente los argumentos sustentados por la autoridad respecto a los trabajadores de la calle, y deja abierta la hipótesis acerca de que las modificaciones a dicho Artículo pudieran responder a intereses políticos, económicos, clasistas o racistas que no corresponden a lo que la ciudadanía de Cuernavaca en general tiene, mismas a las que las autoridades de esta Ciudad deben obedecer y respetar.
 Para realizar la modificación a un Bando se necesita demostrar no sólo que los argumentos mencionados existan, sino que además estén presentes en un tamaño considerable para ameritar legislar sobre ellos. La autoridad está obligada a comprobar científicamente que está reglamentando generalidades y no raras excepciones.  En caso de existir alguna irregularidad en algún trabajador de la calle, como igualmente sucede en parte de la sociedad, la ciudadanía considera en su gran mayoría que se trata sólo de excepciones que deben tratarse en forma individual como con cualquier otro ciudadano, según la ley. La ciudadanía, por el contrario, según la Consulta, reconoce y respeta, incluso aprecia, al trabajador de la calle a quien ve como un ser humano digno y honesto. Cuando, al final del cuestionario, se entregaba copia resumida del bando a las personas muchas se indignaban fuertemente y no podían creer que la autoridad cometiera semejante atropello e injusticia.
 Los argumentos en los que se sustentan las modificaciones al Bando 129 son notoriamente simplistas y falsos respecto a la realidad cotidiana que viven los peatones y automovilistas, por lo que la autoridad no ofrece ninguna justificación para limitar la garantía constitucional que da el artículo 5º a los trabajadores de la calle. La reforma por la que se restringen las actividades comerciales y de servicios en la vía pública resulta no sólo una arbitrariedad del gobierno, sino una franca violación de la Carta Magna.
 Cabe entonces preguntarnos como ciudadanos:
 ¿De dónde sacaron los integrantes del Cabildo de Cuernavaca las pruebas científicas y objetivas para modificar el mencionado Artículo 129 y criminalizar al trabajador de la calle?
 Como ciudadanos corresponsables de la vida en nuestra ciudad de residencia no podemos permitir que la autoridad prohíba o castigue a otros ciudadanos que honesta y dignamente se ganan la vida, y que apoyan para que nuestra propia vida tenga mejores servicios y calidad humana. Reiteramos, la inmensa mayoría de las personas consultadas, de muy distinto origen social, económico, político y cultural, representantes de un muy amplio espectro de la vida urbana cuernavecense, valoró muy positivamente la experiencia humana y económica con los trabajadores de la calle.
 Por todas estas razones, estas organizaciones y ciudadanos que residimos y trabajamos en Cuernavaca exhortamos al Cabildo y la Presidencia Municipal de Cuernavaca a cumplir con su obligación de ver por el bienestar común y la vida de la población a quien se comprometieron a representar. A ellos les compete ejercer cabalmente su RESPONSABILIDAD de manera objetiva y realista, mirando más allá de sus objetivos personales y partidistas. Trabajar en la calle hoy es aún una alternativa laboral digna para nuestra ciudad y país. Permitir que las personas trabajen para sobrevivir es un ACTO DE HUMANIDAD INDISCUTIBLE E INNEGABLE.
 Por todo lo anterior,
 SOLICITAMOS AL CABILDO Y PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CUERNAVACA:
 LA DEROGACIÓN DE LAS MODIFICACIONES AL ARTÍCULO 129 DEL BANDO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DE LA CIUDAD DE CUERNAVACA, PUBLICADO EL 23 DE ENERO DE 2009;

  1. PROMOVER EL EMPLEO;
  1. CONSULTAR A  LA CIUDADANÍA ACERCA DE LAS MEDIDAS QUE SE TOMEN SOBRE EL EMPLEO;
  2. CONSULTAR A LA CIUDADANÍA ACERCA DE LAS FORMAS DEL USO PÚBLICO Y PRIVADO DE LA CALLE Y DEL MEDIO AMBIENTE.

 ¡PORQUE LA CALLE ES DE TODOS Y QUIENES TRABAJAN EN ELLA NO SON CRIMINALES!
ATENTAMENTE.
 Responsable del Documento: Colectivo “Pensar en Voz Alta”-SERPAJ/Morelos.
Organizaciones que participaron en el proceso de la Consulta Ciudadana: La Flor de la Palabra, Kaleidoscopio Cultural, todas ellas adherentes a la Otra Campaña así como adherentes individuales de Cuernavaca; Greenpeace-Morelos, Frente Cívico Pro Defensa del Casino de la Selva, Guardianes de los Árboles, Revista “El Tímpano”, Radio Periferia, Colectivo Movimiento, Brigada Méndez Arceo, Bloque M-33, los Comerciantes de mascotas del SAM´S, Brigada Oro Negro, Brigada Los Lazarillos, Consejo Ciudadano para la Cultura y las Artes de Morelos, Cuernavaca Digna, Programa de Radio Diversalia, Centro de DDHH “Digna Ochoa”, Colectivo “Pensar en Voz Alta-SERPAJ/Morelos, algunos maestros de escuelas privadas y públicas de la ciudad.                                     Cuernavaca,   abril 2009.

 

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