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2214 20 Octubre 2016

 


Los contratos de dos premios Nobel
Eloy Garza González

 

Monterrey.- Los economistas reconocen el crecimiento de un país por la capacidad recaudatoria de su gobierno o por los subsidios que recibe su población. Nada más falso. Un país crece a partir de los contratos voluntarios que celebran los particulares.

Más impuestos no eliminan por sí mismos la corrupción. Más subsidios no acaban con la pobreza. Pero los contratos entre particulares sí evidencian una economía en expansión, porque establecen cooperaciones  privadas y motivan el beneficio mutuo.

El premio Nobel de Economia 2016 lo recibieron dos investigadores, Oliver Hart y Bengt Holmström, por desmenuzar las condiciones y ventajas de los contratos privados, además de estudiar incentivos para los contratantes cuando deciden cooperar en la generación de riqueza.

En un contrato obrero-patronal, establecer incentivos, por ejemplo, es todo un acertijo: ¿Debe recibirlos el trabajador por el incremento de las ventas? ¿Por su productividad en la empresa? ¿Y si la cantidad producida es alta pero hay poca demanda? ¿De dónde saldría este bono extra para el empleado?

También ocurre otro escenario: se gratifica al directivo empresarial por el incremento del valor de las acciones de la compañía, en comparación con el resto de las empresas que cotizan en bolsa. Pero esto no es justo. A veces las oscilaciones del valor accionario son independientes de la creatividad, la propuesta de valor o las estrategias de marketing del CEO.

Hölstrom propone en esos casos una opción original: que el valor de las acciones se comparen con empresas del mismo giro. Así queda más claro el acierto de las estrategias del CEO y si merece o no ser incentivado.

¿Se pueden llevar las teorías de Oliver Hart y Bengt Holmström al ámbito estatal? ¿Sus propuestas contractuales operan en el análisis de productividad del sector publico? No. Los bienes y servicios que ofrece el gobierno no entran en un plano de competencia comercial. El Estado tiene recursos  mediante ingresos coercitivos que recibe con o sin la voluntad de los ciudadanos.

Algún economista keynesiano podrá alegar que también en el ámbito público existe una relación contractual: el denominado contrato social. Sin embargo, ¿cuándo firmamos los ciudadanos ese dichoso contrato? ¿es aceptado tácitamente por todos? No. Así no vale.

Oliver Hart y Bengt Holmström prueban que en un país burocratizado por el poder público, los contratos son secundarios. Cuando no se les respeta o no pueden firmase sin consentimiento del gobierno, la sociedad entra en una espiral de degeneración. Esta es una de las principales enfermedades que padece México.

 

 

15diario.com