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2214 20 Octubre 2016

 


Derecho y comprensión
Carlos Manuel López Hernández

 

Monterrey.- Ante la costumbre general de que la comprensión únicamente es posible después del acto de conocimiento, o bien, que no se logra asimilar las diferencias entre uno y otro; en el tiempo en que se cambian sistemas y se reforman preceptos constitucionales, pero que no evoluciona en la forma de ver, pensar, y sentir el Derecho...

...en donde la academia ha perdido su atractivo en los foros de la estirpe jurídica; y, sobre todo, en los días en que dedicar un momento a la reflexión es un lujo debido a diversos factores sociales, políticos y económicos, Derecho y comprensión es una obra que no debe pasar desapercibida.

Desde un inicio, Derecho y comprensión es una obra que se desliga de los cánones tradicionales, ya que es el primer libro de la literatura jurídica en incluir las palabras «derecho» y «comprensión» en su título. Resulta, en sí, no una exposición de cómo comprender el derecho, sino que expone dos maneras distintas de comprender el derecho: por una parte, la tradicional, la cual se esmera en llevar, de un lado a otro, aspectos que resultan herméticos ante cualquiera; y, por otra parte, la posición de la hermenéutica filosófica, la cual insiste en asentar que la comprensión no es un acto posterior al conocimiento, sino más bien un aspecto que le precede, y que de ella depende el cómo se asimila una u otra cosa en lo particular.

Por ende, reflejo de una premisa que principia la conceptualización, la explicación y enfatiza en la relación cognoscitiva sujeto/objeto, Derecho y comprensión se plantea la necesidad de establecer la diferencia entre conocimiento y comprensión. Se realiza un esbozo donde se instaura que el conocimiento es partidario de la memorización, y sobre todo del método: aspectos que en el Derecho se encuentran en la interpretación jurídica a gran escala, y en constante auge; en cambio, la comprensión es partidaria de una conciencia crítica, la cual traza y enfatiza la importancia de la pregunta, y que crea sus verdades en base a un acuerdo de sentido por medio del diálogo racional.

Asimismo, Derecho y comprensión es una obra que comparte al lector la evolución intelectual del autor: inicia y proyecta la inquietud kelseniana de la «voluntad» como un factor subjetivo muy palpable no sólo en la estática y dinámica jurídica, o dicho de otra forma, en la teoría jurídica contemporánea, y en la praxis jurídica, cuyo reduccionismo aparta al derecho de aquella representación que lo cataloga como una disciplina racional y lo cubre de un manto más bien irracional, pero que en su transcurso, la llamada irracionalidad no es tratada como un algo contrario a la ciencia jurídica, o bien, a la ciencia en general, sino que desemboca en la racionalidad de la comprensión propia de una teoría hermenéutica: crítica de una metodología que no acepta una distinta forma de pensar, y que suele impresionar con aquél aforismo que dice que «no hay verdad sin método».

Por tal motivo, ante la perspectiva de la comunidad jurídica tradicional, la reforma constitucional de 2008 al sistema de justicia penal, o la de 2011 respecto a los derechos humanos, suele decirse que el paradigma ha sido superado, cuando en realidad únicamente se han cambiado las formas; la manera de pensar, comprender, conocer, explicar, compartir, explorar, sentir, e incluso vivir el derecho, sigue siendo la misma; y como hierva mala, el dogmatismo perdura, pues la construcción del pensamiento jurídico no se deriva del contenido de las normas, sino de su formación, un rubro en el que se priorizan la cualidades del método y de la epistemología científica, por encima de la comprensión de las ciencias del hombre.

Derecho y comprensión se torna, entonces, en una invitación guiada; explora los puntos más elementales e importantes del paradigma en el cual se ha erigido la teoría jurídica mexicana, pero no con el afán de desfasarlo, sino de exponer al lector una manera distinta de pensar el derecho, cuyo punto central se encuentra en el análisis de la interpretación jurídica: una fuente que distingue, en la comprensión, la posibilidad de rehacer el horizonte intelectual.

Comparte una visión comprometida a perfeccionar el sistema de derecho en el que se desenvuelve el jurista en México, pero que no se ahoga con el discurso que proyecta, como la obsesión por la objetividad, la cual, en su afán, se reduce a negarse a sí mismo.

Además, plantea un proyecto de formación, el cual se enraiza en adoptar una postura que tenga principal interés y severa atención a los rubros de la deontología y la hermenéutica, como la base de la formación del jurista, cuya ética e imagen profesional en sus distintos aspectos como: abogado, juez, agente de ministerio público, entre otros, al menos en México, está repleta de dudas.

Por último, es una obra que pretende ganarse al lector con base de argumentos bien estructurados, acordes a una hermenéutica jurídica que asimila la importancia de la comprensión en el Derecho, con el objetivo de superar viejos mitos del rubro de la interpertación.

 

* Derecho y comprensión, de Efrén Vázquez Esquivel, obra impulsada por Martínez Arrieta Abogados, y publicada por Tirant lo Blanch. Obra presentada ayer 19 de octubre de 2016, en la Feria Internacional del Libro Monterrey 2016, evento organizado por el Tecnológico de Monterrey, en Cintermex.

 

 

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