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2081 18 Abril 2016

 

 

20 años después, inejercicio contra mi persona
Sócrates Rizzo

 

Monterrey.- Ayer 17 de abril se cumplieron 20 años de mi solicitud de licencia como gobernador del Estado de Nuevo León, por lo que considero oportuno destacar que después de 5 años de auditorías y averiguaciones (durante los gobiernos de Benjamín Clariond, Fernando Canales y Fernando Elizondo) contra mis colaboradores y sobre mí en lo personal, todos quedamos exonerados.

Y respecto a  mi caso en particular expongo los siguientes detalles:

Con fecha 19 de septiembre del 2003, la Lic. Alida Bonifaz Sánchez, en su carácter de Procuradora General del Estado de NL (en el último mes de la administración de  F. Elizondo) dictó el Inejercicio de la Acción Penal de la averiguación 575/98/V/5 iniciada a mediados de 1998, en relación a gastos de viáticos y de representación ejercidos a través de 48 cheques en el período de 1992 a 1995, que acumulan un millón seiscientos mil pesos, equivalentes a un promedio mensual de 25 mil pesos.

Dicha resolución concluye que “...se arriba al firme convencimiento de que no existe desvió de los recursos del erario público, puesto que dichos egresos se ajustan a los rubros de partidas presupuestales autorizadas...y  mucho menos (existe) el nexo causal entre esta acción y el beneficio propio de un funcionario público o para un fin diverso al legalmente establecido” (página 60 de la Resolución mencionada).

La resolución consta de 61 páginas en las que se  presentan los testimonios, documentos, periciales y razones  de derecho que fundamentan la confirmación de la opinión presentado por el Órgano Investigador de Origen a la consideración de la C. Procuradora.

La C. Procuradora especificó que dicha resolución es definitiva y ordenó que “...se archive como asunto totalmente concluido y se hagan las anotaciones correspondientes en el Libro de Gobierno que lleva esa oficina” (página 61).

En el texto de la resolución se establece que “...no se demostró que (Sócrates Rizzo) hubiera llevado a cabo alguna conducta típica culpable que haya trascendido o producido un daño real y patrimonial en perjuicio del Estado...” (página 49).

Más adelante se agrega que no se acreditó que se “...haya distraído o apartado, del fin administrativo que legalmente le corresponde, el dinero que hubiera recibido con motivo del desempeño de su cargo o sus atribuciones...” (pág. 51.)

En toda la historia de Nuevo León mi administración ha sido la más auditada  y después de años de investigaciones (con ganas de encontrar o inventar algo) ha quedado demostrada la honestidad de mis colaboradores y la mía.

Las estrategias de desprestigio desde el frente político, local y nacional, quedaron sin sustento: el tiempo ha puesto a cada quien en su lugar.


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