cabeza
Google
fechaong

p69

barraploata

pltk

barraploata

onglogo

barraploata

iconkult

barraploata

alerelogo

barraploata

indind

barraploata

indindo

barraploata

defind

barraploata

accind

barraploata

retind

barraploata

secind

barraploata

encind

barraploata

corind

barraploata

camind

barraploata

eveind

barraploata

greind

barraploata

vamind

barraploata

OMINOSO RETROCESO
EN LOS DERECHOS
DE LAS MUJERES.

En Hidalgo.  Acusan penalmente a mujer por practicarse un aborto, tras dos años de persecución
Por Pablo Vargas González , presidente de la Academia Hidalguense de Educación y Derechos Humanos (Acaderh)
El miércoles 5 de agosto pasado, el diario Plaza Juárez, en su sección regional publicó la nota “Tras las rejas por provocarse un aborto”, que informa de una mujer, ama de casa, joven de 24 años que fue detenida por parte de efectivos de la Coordinación de Investigación adscritos al Grupo Tepeji, que durante dos años la estuvieron persiguiendo hasta su captura. El supuesto crimen que cometió fue, aparentemente, haberse producido un aborto en 2007.
ret1Fue detenida y debido a que en el Código penal del estado de Hidalgo el aborto es un delito, se encuentra a disposición de un juez para que la sentencie a varios años de cárcel. Araceli Sofía Ramírez Pérez está ubicada en una condición de vulnerabilidad extrema, aparte de ser estigmatizada se le están transgrediendo sus derechos fundamentales.
A los vacíos en la legislación local para que las mujeres ejerzan sus derechos plenamente, se encuentran las deficiencias con que las autoridades de salud y de justicia Agentes del MP y jueces operan para tratar estos casos.
Habría que preguntarse si la agencia del MP y las clínicas del IMSS siguieron algún protocolo para canalizar a la paciente. Este es el tema de fondo, en estos casos. Puesto que se parte de que en estas instancias se desconoce el mecanismo de tratamiento para el caso de aborto ¿le abrieron un expediente? Los médicos y enfermeras le dieron la atención adecuada antes de prejuzgar si era moral o no la circunstancia que la llevó a urgencias medicas?
A esto habría que agregar que en 2007 se aprobó la “Ley General de Acceso a una Vida Libre sin Violencia”, que constituyó un gran paso para frenar no solo la violencia de género sino además iniciar un proceso para eliminar la discriminación, desigualdad y exclusión contra las mujeres en México.
Así mismo la protegen normas y tratados internacionales: como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, CEDAW, La Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, Conferencia de Viena, Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo en El Cairo, Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer Beijing.
Así, atendiendo a los derechos sexuales y reproductivos, el derecho a la salud, seguridad y, por ende, el derecho de elección de las mujeres. Por lo que se habría de revisar por parte de la Procuraduría General del Estado de Hidalgo su detención y dejarla en libertad para que tenga derecho a la defensa. Es pertinente reabrir el expediente e investigar cuales fueron las condiciones en que se produjo este aborto, sin prejuzgar condición de ninguna índole, y sobre todo adecuándose a la nueva legislación que protege a las mujeres.
No es posible que como ya está sucediendo en otras entidades federativas se criminalice a la mujer por ejercer sus derechos reproductivos. En Hidalgo debemos de alertar que no se deje un precedente negativo; y convocar a las autoridades que se garantice en todo momento los derechos de las mujeres y instrumentos internacionales de derechos humanos. Quiero recordar que en el artículo 4º constitucional 2º párrafo, señala que “toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de los hijos”.
En Puebla, gobernada por el muy moral Marín.
La organización no gubernamental Red de Democracia y Sexualidad de Puebla defenderá legalmente a una mujer de 20 años de edad, quien permanece detenida por practicarse un aborto.
De acuerdo con Brahim Zamora, vocero de la organización, la detenida, identificada como Alejandra Gómez Sánchez, no tiene la culpa de sufrir un legrado, y con ello violar la Ley de Protección a la Vida, que en marzo pasado aprobó el Congreso del estado.
ret2'La reforma a la Constitución no evitará nunca los abortos clandestinos, y este es el claro ejemplo. Además, lo que pasa aquí es la criminalización de mujeres, que con la reforma se endurece más, aunque no se haya reglamentado todavía', argumentó en conferencia de prensa.
El pasado 2 de agosto, Gómez Sánchez ingresó al hospital de la Cruz Roja con una hemorragia provocada por la ingesta de fármacos, por lo cual se le practicó un legrado al contar con 14 semanas de gestación.
Por estos hechos, agentes del Ministerio Público de Puebla acudieron al nosocomio donde mantienen a la interna en calidad de detenida y se inició la averiguación previa AP61/2009/AEH, en espera que un juez determine su sentencia que podría ser de seis a 20 años de prisión.
En las investigaciones se determinará si el aborto fue inducido o accidental, y de ello dependerá si se consigna o no a la joven, la cual se convertiría en el primer caso en Puebla.
Brahim Zamora dijo que este caso es una clara muestra de que no sirven las reformas a la Constitución Política de Puebla en materia de la familia, la cual penaliza a quienes se practiquen aborto, salvo que ponga en riesgo la vida de la mamá o del producto, cuando el producto tenga alguna malformación o sea resultado de una violación.
Con las reformas a la Constitución del Estado de Puebla se impide la despenalización del aborto y de la eutanasia.
De acuerdo con autoridades del Hospital de la Mujer, en lo que va del año han atendido y denunciado cuatro abortos inducidos en el mismo número de mujeres, y el año pasado atendieron y denunciaron 10 legrados provocados.
En Guanajuato la misma situación.
Video de Junio de este año.


¿Desea dar su opinión?

Su nombre :
Su correo electrónico :
Sus comentarios :

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

uanlind

 

15h2

 

qh2

1
2