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"VAMOS AL GRANO" EN MÉXICO.
Campaña que busca asegurar que el maíz no sea usado en la producción de biocombustible

 


La campaña de Oxfam Internacional "Vamos al grano" se lanzó en México hace 4 meses. Los planteamientos para favorecer la seguridad y soberanía alimentaria eran: 

  • Lograr que se publique el reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo de Bioenergéticos que establece en su artículo 11 que solamente se otorgarán permisos para la producción de bioenergéticos a partir del grano de maíz cuando existan inventarios excedentes de producción interna de maíz para satisfacer el consumo nacional.
  • Que se dé certidumbre a los pequeños productores con una Ley de Precios de Garantía que impulse la producción campesina, de manera que permanezcan haciendo productivo el campo mexicano.http://www.oxfam.org/sites/www.oxfam.org/files/imagecache/middlewidth/vamos.jpg?
  • Que se invierta en infraestructura hidráulica de manera que se haga un mejor aprovechamiento del agua y se facilite el acceso de los pequeños productores a este bien común para incrementar la productividad.

 

 

 La implementación de “Vamos al grano” en México estaría dividida en tres etapas. Durante el primer periodo, la campaña se enfocó en asegurar que el maíz no sea usado en la producción de biocombustibles y para ello urgió al Ejecutivo, con el apoyo de la sociedad civil, la publicación del Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo de Bioenergéticos en 2009.
Dicha ley señala claramente que sólo se podrán obtener permisos para producir bioenergéticos a partir del maíz “siempre y cuando existan inventarios excedentes de producción interna de maíz para satisfacer el consumo nacional”, sin embargo, en 2007 México importó 8,53 millones de toneladas de maíz y la falta del Reglamento está dejando la ley a interpretaciones discrecionales, y por lo tanto, sin cumplir.
La segunda etapa tiene como objetivo impulsar el establecimiento de un sistema de precios de garantía que proteja a los campesinos y pequeños productores de las variaciones del mercado, además de apoyarlos con créditos y asistencia técnica.
La tercera etapa pretende posicionar la necesidad de incrementar la productividad de la agricultura en pequeña escala, pidiendo a las autoridades de los distintos órdenes de gobierno que inviertan en infraestructura que permita el acceso y mejor aprovechamiento de los recursos hídricos a los pequeños productores. Por la falta de mantenimiento del sistema de riego actual se desperdicia 40% del agua y la pequeña producción agrícola es la más afectada.
Sin embargo, el 19 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el reglamento de la Ley de promoción y desarrollo de los bioenergéticos; Oxfam, Rostros y Voces, Anec, Semillas de Vida y Greenpeace presentan su posicionamiento ante las graves inconsistencias y contradicciones entre la versión actual del reglamento y la que aprobó el Congreso. Entre ellas:
1. Un tema fundamental en el debate es el uso de alimentos para la producción de combustibles, ante al grave riesgo sobre la seguridad alimentaria que esto supone. La ley debería proteger a todos los productos que la Ley de Desarrollo Rural Sustentable considera como básicos y estratégicos para la seguridad y la soberanía alimentaria. La Ley de Bioenergéticos sólo restringe el uso del maíz para este fin en tanto no haya excedentes en la producción nacional. El anteproyecto de reglamento borra incluso este candado, al permitir la producción de combustible con maíz importado. Sostenemos que el reglamento debe impedir el uso en la producción de combustibles de cualquier alimento básico y estratégico, y de las tierras y agua destinadas a su producción, conforme la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
2. No existe en el reglamento ninguna restricción que impida sustituir superficies destinadas a maíz por otros productos alimenticios para la producción de agrocombustibles.

3. Los impactos energéticos y ambientales de la producción de etanol a partir de granos básicos son negativos porque: a) aumenta la dependencia de combustibles fósiles para producir etanol; b) la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero es muy pobre e incluso negativa, y  c) el cambio de uso de suelo asociado al incremento en las zonas de cultivo impacta negativamente al medio ambiente.
4. Los temas de transparencia y participación ciudadana son inexistentes en el reglamento. No sólo no hay instancias de participación ciudadana, sino que se oculta la información relativa a los permisos de uso de granos, al establecer que (la información relativa a los permisos) será clasificada.
5. El medio ambiente, la cobertura forestal y la biodiversidad quedan en fuerte riesgo. El anteproyecto establece que los cultivos relacionados con la producción de bioenergéticos deben desarrollarse en zonas con uso agrícola o pecuario en tierras de baja rentabilidad o en tierras marginales o de abandono. No obstante, en ninguna ley vigente existe el concepto de tierras marginales o de abandono, por lo que su definición queda a la interpretación o al arbitrio de la autoridad en turno.
6. En lo relativo a la vigilancia y sanción, no se le otorga ninguna atribución a las instancias pertinentes, como la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa). El reglamento carece de mecanismos e instrumentos que permitan garantizar que la producción de insumos para agrocombustibles se lleve a cabo sin impactar el suelo, el agua, la biodiversidad y sin provocar el cambio de uso de suelo. Se omite el requisito de manifestación de impacto ambiental en la etapa de producción de insumos, que debiera exigirse al menos para la inserción de especies exóticas o invasoras en ecosistemas forestales (palma africana y jatropha, entre otras).
7. En las actividades que requieren permiso existe inconsistencia entre el ante-proyecto de reglamento y la ley de referencia. El artículo 24 de la ley establece que las actividades y servicios relacionados con la producción, el almacenamiento, el transporte y la distribución por ductos , así como la comercialización de bioenergéticos, se sujetarán a permiso previo de la Secretaría de Energía. El reglamento, por su parte, ya no establece el requisito del permiso para la producción, sólo para su transformación en productos procesados. Sin embargo es en la etapa de producción donde se presentan los principales riesgos para la seguridad alimentaria y el medio ambiente.
8. Si bien el reglamento habla de dar seguimiento al balance energético, debería contener previsiones precisas para garantizar que la producción de bionergéticos cumpla con dos objetivos fundamentales, que son sustituir energía fósil y contribuir a la mitigación de gases de efecto invernadero. Muchos estudios muestran que esto no es así, la producción de combustible con granos básicos no reduce la generación de gases de invernadero y consume energía fósil.
9. La promoción y producción de los bioenergéticos debe insertarse en una verdadera estrategia nacional de seguridad energética y búsqueda legítima de fuentes alternativas y sustentables de energía.
10. Tomando en cuenta los inmensos intereses, planes e inversiones a escala mundial y nacional en la producción de agrocombustibles, así como los graves riesgos que esta producción puede conllevar si no se construye un marco normativo adecuado, consideramos que es necesario que se abra un nuevo periodo de consulta del reglamento, con una amplia convocatoria entre los sectores sociales, académicos y de productores y que se contemplen en la discusión y en la decisión los temas de seguridad y soberanía alimentaria, energética y ambiental, sustentabilidad, participación ciudadana y transparencia.

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