Suscribete
 
1326 27 Mayo 2013

 

Emociones ilegales
Irma Alma Ochoa Treviño

Monterrey.- A diario experimentamos cambios de ánimo, pero suelen pasar desapercibidos. Al conversar, sufrir la pérdida de un ser amado, obtener un triunfo, leer un libro, ver una película, caminar por la calle, responder al teléfono, escuchar música u observar el entorno, de súbito se activa un mecanismo que nos afecta en diversos grados de intensidad.

El amor, el cariño, la solidaridad y la generosidad, son emociones positivas que inspiran sentimientos de alegría, satisfacción o felicidad. En cambio, las negativas como la ira, los celos o la envidia, hacen que sintamos tristeza, dolor, temor, desconsuelo, hostilidad o preocupación, afectando nuestro ánimo y sensibilidad. Las ideas o recuerdos dan origen a reacciones que nos motivan a actuar de acuerdo a lo que sentimos y pensamos.

El descontrol de las emociones tiende a causar daño y conflictos, por eso nos corresponde aprender a regularlas. De ellas dependen nuestra estabilidad emocional y aceptación social. Las emociones negativas, en el peor de los casos, perjudican al sujeto sin control y a terceras personas que son víctimas de esos cambios anímicos de quien los experimenta, y que echan por la borda una trayectoria, planes, metas o ilusiones conjuntas.

En casos de violencia, la emoción es un recurso utilizado por algunos agresores para que la sociedad perdone la falta, o si amerita cárcel, se atenúe la pena. Por ejemplo, el homicidio doloso se castiga con pena privativa de la libertad de quince a veinticinco años; pero si se comete en “estado de emoción violenta, que las circunstancias hagan explicable, la sanción es de tres a ocho años de prisión”. Si se trata de lesiones y se arguye “emoción violenta”, la sanción es de tres días a las dos terceras partes de la pena que corresponda, según el Artículo 320 del Código Penal para el Estado de Nuevo León.

En este mes, en la prensa escrita, electrónica, radio, televisión y redes sociales, se difundieron dos casos de excepción: uno por la trayectoria profesional del ex ministro Genaro Góngora Pimentel, acusado de uso de influencias, y otro por la línea parental de Gerardo Saade Murillo, responsable de agredir a su novia.

El connotado ex ministro acusó de fraude a su ex pareja, Ana María Orozco, por haber escriturado una casa a su nombre, y no como habían pactado, a nombre de sus hijos, actualmente de 6 y 8 años de edad, razón por la que ella está detenida en la cárcel de Santa Martha Acatitla desde junio de 2012.
En tanto que a Góngora Pimentel, se le acusó de usar sus influencias al impugnar la pensión alimenticia para sus hijos decretada por un juez en el 35 por ciento de sus ingresos, y resultar beneficiado menoscabando su impecable desempeño como ministro progresista de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y presidente de dicho tribunal de 1999 al 2003.

Dado que el padre de los menores de edad recibe por jubilación 350 mil pesos mensuales, a sus dos hijos les correspondería una asignación mensual de 122 mil 500 pesos. Pero él consideró adecuado pensionarlos con poco más de 12 mil pesos para cada niño, “ya que su estatus social es de clase media baja y al ser autistas se ven imposibilitados para divertirse” (informador.com.mx)

A esta deplorable declaración le siguió una disculpa pública, donde alude su estado emocional. El jurista dijo: “Nunca tuve el afán de afectar a los menores, reconozco que me dejé llevar por mis emociones de desconcierto por la situación que en ese momento mis hijos vivían al lado de su madre, no lo creí justo ni para ellos, ni para mí”.

En Cuernavaca, Gerardo Saade Murillo, de 21 años de edad, golpeó a su novia Alexia Imaz Chavero, quien subió a twitter y a facebook la foto de su ojo amoratado, secuela de la agresión de su prometido. El agresor, nieto del Procurador General de la República, declaró que aunque no encuentra justificación alguna asume las consecuencias de sus actos, y que cometió tal conducta “por sentirse profundamente afectado emocionalmente”. ¡Ajá! De nuevo se aduce la emoción para cometer actos reprochables.

Las emociones son el argumento ideal para que se perdone o se atenúe jurídicamente la sanción que ameritan los actos de esta naturaleza, como lo marca el código penal nuevoleonés. Es de suponer que los códigos correspondientes de las diversas entidades disponen lo mismo. Se suele decir que en una emoción violenta no hay raciocinio y se infiere que no hay premeditación para lesionar o matar; sin embargo, los sujetos activos lesionan, atropellan, vulneran derechos, privan de la libertad o quitan la vida, y luego aducen alteraciones emocionales.

 

Su nombre :
Su correo electrónico :
Sus comentarios :

 

15diario.com